La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó la resolución de la tercera versión del procedimiento que exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal (IPM) a la importación de bienes para el consumo en la Amazonía.
Así lo determinó la entidad a través de la Resolución de Superintendencia N° 000247-2025/SUNAT, publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano y que se encuentra vigente desde la mañana del lunes 28 de julio.
La norma establece las pautas a seguir para el despacho aduanero de mercancías, las que estén destinadas al régimen de importación para el consumo que realicen las empresas ubicadas en la Amazonía.
Lo tratado para obtener la exoneración del IGV e IPM, con la finalidad de lograr el cumplimiento de las normas que los regulan.
Se trata de la Resolución de Superintendencia que aprueba el procedimiento específico “Exoneración del IGV e IPM a la importación de bienes para el consumo en la Amazonía – Ley N° 27037” DESPA-PE.01.15 (versión 3)”.
La norma está dirigido al personal de la Sunat, a los operadores de comercio exterior (OCE) y a los operadores intervinientes (OI) que participan en este procedimiento.
Extraído de: https://portalportuario.cl/peru-publican-procedimiento-para-importar-bienes-de-consumo-en-la-amazonia/