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Exportadores y almacenes: revise cuándo Sunat no aplicará sanciones por inspección no intrusiva

Institución no sancionará por tres meses determinadas infracciones aduaneras vinculadas a inspección no intrusiva en Chancay

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar durante un periodo de tres meses determinadas infracciones previstas en la Ley General de Aduanas relacionadas con el proceso de inspección no intrusiva en la jurisdicción de la Intendencia de Aduana de Chancay.

La medida comprende las infracciones tipificadas en el inciso b) del artículo 197.° y en el inciso a) del artículo 198.° de la Ley General de Aduanas, identificadas con los códigos N38 y P29, respectivamente, siempre que estas se configuren como consecuencia de las acciones de inspección no intrusiva y se cumplan las condiciones establecidas por la autoridad aduanera.

Infracciones comprendidas

La disposición alcanza a la infracción consistente en no someter las mercancías al control no intrusivo a su ingreso, traslado o salida del territorio nacional.

En el caso del código N38, la infracción corresponde a los almacenes aduaneros, mientras que el código P29 está dirigido a los exportadores.

Condiciones

Para acceder a la aplicación de la facultad discrecional deberán cumplirse, de manera conjunta, las siguientes condiciones: que no se haya comunicado la selección a inspección no intrusiva inmediatamente después de recibida la transmisión del acto relacionado con el registro del ingreso del vehículo con la carga al puerto (RIP) y que la infracción haya sido cometida dentro de la jurisdicción de la Intendencia de Aduana de Chancay entre el 4 de agosto y el 4 de noviembre de 2026.

Alcances de la medida

La Sunat precisó que la aplicación de esta facultad discrecional no genera el derecho a la devolución ni a la compensación de los pagos efectuados por concepto de las infracciones comprendidas en esta medida.

La disposición, establecida mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 000014-2026-SUNAT/300000, tiene por finalidad facilitar la implementación del proceso de inspección no intrusiva en la Intendencia de Aduana de Chancay durante el periodo de adecuación operativa.

Extraído de: https://elperuano.pe/noticia/301692-exportadores-y-almacenes-revise-cuando-sunat-no-aplicara-sanciones-por-inspeccion-no-intrusiva