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Sunat aprobó nueva versión del Procedimiento para la Adjudicación, Donación y Destino de Bienes

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el Procedimiento para la Adjudicación, Donación y Destino de Bienes – Versión 2, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000031-2025/SUNAT.

De esta manera, la entidad recaudadora actualiza el procedimiento para la adjudicación, donación y destino de los artículos, mercancías o instrumentos en abandono legal, abandono voluntario, incautados, comisados y decomisados en aplicación de la normativa tributaria, aduanera, de los insumos químicos, medios de transporte y productos mineros incautados en aplicación de los Decretos Legislativos N° 1103 y N° 1107; así como, los insumos químicos, productos y subproductos o derivados, incautados o puestos a disposición de la Sunat en aplicación del Decreto Legislativo N° 1126.

Esto con la finalidad de desarrollar conceptos, incorporar entidades e instituciones como beneficiarias, flexibilizar la presentación de solicitudes por parte de los beneficiarios, delimitar plazos, entre otros, con el objeto de optimizar la atención de las solicitudes y entrega de los bienes materia de adjudicación, donación y destino.

Así, la nueva versión del citado procedimiento tiene como objetivo precisar las actividades a seguir para la adjudicación, donación o destino de bienes que están disponibles en un almacén aduanero o en un almacén de la Sunat en aplicación de la Ley General de Aduanas (LGA), la Ley de los Delitos Aduaneros (LDA), el Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario (CT), los Decretos Legislativos N° 1103, N° 1107 y N° 1126, y normas especiales o temporales de disposición.

En ese contexto, corresponderá a la Unidad de Organización Operativa (UOO informar sobre la situación legal de los bienes provenientes del ejercicio de sus funciones que se encuentran en custodia en los almacenes aduaneros o almacenes de la Sunat, a través de un documento físico o electrónico, dirigido a la Unidad de Organización Responsable (UOR).

El directivo de la UOR evaluará el informe y el proyecto de la resolución de adjudicación, donación y destino de bienes; la de adjudicación o adjudicación anticipada por situación o estado de emergencia, urgencia o necesidad nacional; la de adjudicación por invitación y la de donación inmediata. De corresponder y de considerarlos procedentes, los aprobará.

Extraído de: https://elperuano.pe/noticia/264525-sunat-aprobo-nueva-version-del-procedimiento-para-la-adjudicacion-donacion-y-destino-de-bienes